CONVOCATORIA 2023

BECAS PRESIDENCIALES ROQUE DALTON

Finalidad

El Programa de Becas de Educación Superior, denominado “Becas Presidenciales Roque Dalton” o “El Programa”, tiene como finalidad contribuir al desarrollo del país mejorando el nivel de profesionalización de los salvadoreños, por medio de becas otorgadas a estudiantes destacados para realizar estudios de educación superior en El Salvador, así como incentivar el talento, la disciplina, la excelencia y la voluntad de superación.

Objetivos

El Programa tendrá como objetivos los siguientes: 

a)    Apoyar a estudiantes y profesionales con un historial académico excelente para que realicen estudios superiores particularmente a aquéllos que no dispongan de los recursos económicos necesarios para continuar con tales estudios, pero que evidencien buen rendimiento intelectual y académico. 

b)    Promover la formación de profesionales de calidad, para que con su trabajo contribuyan al desarrollo del país.

Destinarios

 En términos generales, para ser beneficiario del Programa se requiere ser de nacionalidad salvadoreña.

 Cobertura

El Programa estará dirigido a brindar becas y podrá incluir los siguientes componentes:

a)     Matrícula, mensualidad y otros aranceles de educación superior;

b)     Materiales de estudio;

c)     Gastos de alojamiento, transporte y otros gastos debidamente justificados;

Instituciones Receptoras

Los beneficiarios podrán inscribirse en cualquier Institución de Educación Superior del país que asegure las condiciones de calidad y pertinencia académica requeridas por los objetivos del programa. De la misma manera, los beneficiarios en cuestión podrán inscribirse además en la Universidad de El Salvador, UES, en razón de ser la única Universidad Estatal del país. 

Tratándose de las Institución de Educación Superior privadas del país, éstas deberán estar legalmente establecidas en El Salvador y autorizadas para funcionar conforme señala la DNES.

Beneficiarios

El Programa Becas Presidenciales Roque Dalton comprenderá becas para realizar estudios superiores de grado El Salvador, ya sea bajo la modalidad presencial, semipresencial o en línea, para estudiantes sobresalientes y que por su condición socioeconómica necesiten apoyo.

Condiciones para obtener una beca

Las condiciones para ser acreedor de una Beca Presidencial Roque Dalton de estudios de grado son:

a)     Presentar constancia de finalización de estudios medios firmada por el director de la institución y/o presentar título de bachillerato.

b)     Dirigir una carta al programa exponiendo las razones por las cuales solicita apoyo de una beca para realizar sus estudios superiores.

c)     Presentar nota obtenida en la prueba obligatoria orientada a medir el aprendizaje y las aptitudes de los estudiantes egresados de educación media de cada año, realizada conforme al artículo 57 de la Ley General de Educación y el promedio de notas de bachillerato.

d)     Presentar constancia de buena conducta emitida por la institución de Bachillerato proveniente con nota de “Muy Buena” o su equivalente de nota igual o mayor a 8.

e)     Rendir satisfactoriamente las pruebas psicológicas y de conocimiento que establezca la Entidad Ejecutora.

f)      Cumplir con los requisitos de admisión establecidos por la Institución de Educación Superior autorizada o estatal, en la que se solicite ingresar.

g)     Comprobar limitados recursos económicos del postulante y en su núcleo familiar.

h)     No haber sido beneficiado previamente por el Programa.

i)       No tener familiares en primer grado de consanguinidad como beneficiario activo de este programa, a excepción de hermanos nacidos el mismo día y año que apliquen en la misma convocatoria y sean ambos elegibles.

j)       Presentar declaración Jurada de Conflicto de Intereses que de fe de no tener relación en cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad con miembros del Comité Consultivo, Consejo de Administración de FANTEL, de la Dirección Nacional de Educación Superior, personal laborando de forma directa o indirecta en el Programa, funcionarios titulares y suplentes: presidentes, vicepresidentes, comisionados, secretarios, sub secretarios, ministros, viceministros, directores, sub directores, gerentes, sub gerentes, asesores, diputados, magistrados, jueces, alcaldes, concejales; embajadores, cónsules, y consultores y especialistas que presten servicios en instituciones públicas.

Criterios de selección

Los criterios de selección de los aspirantes del Programa se ordenarán según la siguiente jerarquía: 

a)     Evaluación de carta dirigida al programa por el aspirante exponiendo las razones por las cuales solicita apoyo de una beca para realizar sus estudios superiores.

b)     Situación socioeconómica del candidato. De acuerdo con la investigación pertinente y los datos proporcionados al llenar la solicitud de beca, se dará preferencia a aquellos que presenten una condición socioeconómica más limitada.

c)     Resultado de las pruebas psicológicas, establecidas por la Entidad Ejecutora, dando preferencia a aquellos que, según los resultados, puedan desenvolverse mejor durante los estudios para los cuales están aplicando.

d)     Resultado de las pruebas de conocimiento establecidas por la Entidad Ejecutora, dando preferencia a aquellos que tengan mayor puntaje.


Límite de plazo para iniciar proceso

Para que el beneficiario pueda hacer uso de la beca deberá iniciar el proceso de inscripción en la Institución de Educación Superior en que estudiará en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la notificación de la adjudicación de la beca; vencido ese plazo, se entenderá que existe falta de interés del beneficiario y que ha renunciado a la beca, por lo que se dará por cancelada, salvo en casos debidamente justificados y previa aprobación del Consejo de Administración, mediante resolución motivada.

El plazo antes apuntado para los becarios que procedan de bachilleratos técnicos vocacionales se contará a partir de la finalización de sus estudios de Educación Media.

Rendimiento académico

El beneficiario que estudia deberá mantener el rendimiento de CUM o su equivalente mayor o igual a 7.0.

Cancelación de la beca

Son causales de cancelación de la beca para los beneficiarios, las siguientes:

a)    Renunciar voluntariamente a la beca.

b)    Incumplir la obligación de mantener el rendimiento establecido por dos períodos consecutivos.

c)     No cumplir con el programa académico o plan de estudios en el tiempo y forma establecido por la Institución de Educación Superior.

d)    Reprobar más de dos asignaturas consecutivas o no, durante todo el desarrollo del plan de estudios.

e)    Incurrir en una falta catalogada como muy grave en los manuales de becarios establecidos.

f)      Falsear documentos requeridos por el Programa.

g)    Invocar hechos falsos en la Declaración Jurada de Conflicto de Intereses que de fe de no tener relación en cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad con miembros del Comité Consultivo, Consejo de Administración de FANTEL, de la Dirección Nacional de Educación Superior, personal laborando de forma directa o indirecta en el Programa, funcionarios titulares y suplentes: presidentes, vicepresidentes, comisionados, secretarios, sub secretarios, ministros, viceministros, directores, sub directores, gerentes, sub gerentes, asesores, diputados, magistrados, jueces, alcaldes, concejales; embajadores, cónsules, y consultores y especialistas que presten servicios en instituciones públicas.

h)    Incumplir las normas académicas o profesionales aplicables a su programa de estudios o plan de estudios.

i)       Transgredir las leyes del país donde se encuentren realizando sus estudios.

j)       Abandonar el país donde se encuentran realizando sus estudios, sin justificación y autorización previos.

k)     Suspender estudios por más de un año.

Incurrir en alguna de las causales antes expresadas implicará la cancelación inmediata de la beca; en casos excepcionales el becario podrá alegar causales de caso fortuito o de fuerza mayor, y solicitar por medio de un escrito para su debida evaluación y resolución.

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